El 20 de septiembre de 2022, la Comisión Europea aprobó y publicó el Reglamento (UE) 2022/1616 sobre materiales y objetos plásticos reciclados en contacto con alimentos y derogó el Reglamento (CE) n.º 282/2008. Las nuevas regulaciones entrarán en vigor el 10 de octubre de 2022.
Este reglamento establece normas relativas a:
Se comercializan materiales y artículos plásticos reciclados que entran en contacto con alimentos (es decir, materiales y artículos plásticos dentro del ámbito de aplicación del artículo 1, apartado 2, del Reglamento marco (CE) nº 1935/2004 sobre materiales en contacto con alimentos (MCA)) y contienen plásticos derivados de residuos plásticos o plásticos elaborados a partir de residuos);
Desarrollo y operación de tecnologías, procesos e instalaciones de reciclaje para la producción de materiales plásticos reciclados para contacto con alimentos;
Uso o uso previsto de materiales y artículos plásticos reciclados que entran en contacto con alimentos
Requisitos para materiales y artículos plásticos reciclados:
Cumplir con el Capítulo II (requisitos de composición), Capítulo III (requisitos específicos para ciertos materiales y artículos) y Capítulo V (requisitos de límite de migración) del Reglamento (UE) N° 10/2011 sobre contacto de plásticos con alimentos; Fabricados utilizando "tecnología de reciclaje adecuada" enumerada en el Apéndice I de este Reglamento, o utilizando "tecnología novedosa" descrita en el Capítulo IV de este Reglamento;
La fabricación de este plástico reciclado está inscrita en el registro de la Unión, no "suspendido" ni "revocado" el estado del proceso de regeneración autorizado para esta fabricación.
Las regulaciones tienen requisitos detallados para los procesos de fabricación que utilizan "tecnologías de regeneración adecuadas" y para los procesos de fabricación que utilizan "tecnologías de regeneración novedosas".
Actualmente, existen dos “tecnologías de regeneración adecuadas” específicas enumeradas en el Apéndice I, a saber:
(1) Reciclaje físico de PET posconsumo (reciclado mecánico de PET posconsumo)
(2) Regeneración controlada en circuito cerrado (reciclado de circuitos de productos que están en una cadena cerrada y controlada). Cada proceso individual de los primeros debe estar autorizado, pero no requiere un esquema de reciclaje. Este último no requiere autorización para cada proceso individual, pero sí un plan de regeneración.
Al mismo tiempo, el objetivo principal de las nuevas normas de embalaje de la UE es frenar el creciente problema de los residuos de envases de plástico. La propuesta será examinada por el Consejo del Parlamento Europeo de conformidad con los procedimientos legislativos ordinarios.
Según las estadísticas, cada europeo produce cada año cerca de 180 kilogramos de residuos de envases. Si no se toman medidas, los residuos de envases en la UE seguirán aumentando un 19% de aquí a 2030, y los residuos de envases de plástico aumentarán incluso un 46%.
El objetivo general de la propuesta es reducir el impacto negativo de los envases y sus residuos en el medio ambiente, mejorar el funcionamiento del mercado interior y así aumentar la eficiencia de la industria, crear un mercado que funcione bien para las materias primas secundarias (materiales reciclados ), a través de un ratio de reciclaje obligatorio Apuntar a aumentar el uso de plástico reciclado en los envases. Específicamente:
1. El objetivo general es reducir los residuos de envases generados per cápita en un 15% en cada estado miembro para 2040 en comparación con 2018. Reducir los residuos totales en la UE en aproximadamente un 37% sin cambiar la legislación. Esto se conseguirá mediante la reutilización y el reciclaje.
2. Promover la reutilización o recarga de envases, que ha disminuido drásticamente en los últimos 20 años,las empresas deben ofrecer a los consumidores una determinada proporción de sus productos en envases reutilizables o recargables, como bebidas y comidas para llevar o entrega a domicilio en el comercio electrónico. También habrá cierta estandarización de los métodos de embalaje y un marcado claro de los embalajes reutilizables.
3.Para abordar el problema de los envases obviamente innecesarios, se prohibirán determinadas formas de envases, como los envases de un solo uso para alimentos y bebidas consumidos en restaurantes y cafeterías, los envases de un solo uso para frutas y verduras, las microbotellas de champú y otros microenvases para hoteles.
4. Muchas medidas tienen como objetivo hacer que los envases sean totalmente reciclables para 2030. Esto incluye establecer estándares de diseño de envases; establecer un sistema obligatorio de devolución de depósitos para botellas de plástico y latas de aluminio;aclarando qué envases muy limitados deben ser compostables para que los consumidores puedan desecharlos como residuos biológicos.
5. Además,El reglamento también estipula el contenido mínimo de material reciclado en envases reciclables y envases de plástico. Los productores también deben incluir una proporción obligatoria de contenido reciclado en los nuevos envases de plástico. Las disposiciones específicas son las siguientes:
Para el contenido mínimo de reciclado en envases de plástico, la normativa establece:
A partir del 1 de enero de 2030, los componentes plásticos de los envases deberán contener los siguientes porcentajes mínimos de contenido reciclado recuperado de residuos plásticos posconsumo. Por unidad de embalaje:
a) el 30 % para los envases sensibles al contacto compuestos principalmente de tereftalato de polietileno (PET);
b) el 10% para los envases sensibles al contacto fabricados con materiales plásticos distintos del PET, excepto las botellas de plástico para bebidas de un solo uso;
c) Botellas de plástico desechables para bebidas, 30%;
d) Excepto los envases mencionados en (a), (b) y (c), el 35%.